Intervención de comunicaciones en telefonía celular y su agravio a los derechos de la víctima.
Type de matériel :![Texte](/opac-tmpl/lib/famfamfam/BK.png)
- Texto
- Sin medio
- Volumen
- 978-607-9389-72-7
- HE9713 L57 2017
Type de document | Site actuel | Collection | Cote | Statut | Date de retour prévue | Code à barres | Réservations |
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Biblioteca Jorge Vértiz Campero, S.J. Colección General (Planta Baja) | General | HE9713 L57 2017 (Parcourir l'étagère(Ouvrir ci-dessous)) | Disponible | UIALE096929 |
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Bibliografía: páginas 121-123.
Ante la necesidad de permanecer en contacto tanto con nuestros seres queridos, realizar nuestras actividades personales y laborales, así como capturar nuestros momentos especiales, la telefonía celular y las tabletas electrónicas han desplazado el uso de computadoras personales y computadoras portátiles. Desafortunadamente, y desde el punto de vista criminal, dichos dispositivos se han convertido en la herramienta ideal para realizar conductas delictivas.
Lo anterior, bajo el cobijo de la aparente impunidad que brinda la jurisprudencia en materia de intervención de comunicaciones en telefonía celular, la cual determina de facto que todos los datos contenidos en dispositivos celulares y móviles son el resultado de una comunicación y que, por tanto, deben ser amparados por el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El error de interpretación de lo que es o no es información o datos producto de una comunicación, motiva al delincuente el robo y uso de estos dispositivos para cometer delitos atroces como el feminicidio, la tortura y el abuso infantil con la certidumbre de no ser castigado por sus conductas. Esta obra pretende brindar los argumentos técnicos y legales necesarios para que la autoridad que se enfrenta con la detención de delincuentes cuya evidencia se encuentra almacenada en sus teléfonos celulares, pueda contar con los argumentos para fundar y motivar una orden de intervención. Asimismo, la obra muestra la metodología y problemática que presenta la extracción de un dispositivo móvil, la cual no puede ser realizada por cualquier persona ante la posibilidad de no contar con la experiencia, las herramientas y la metodología adecuada, y con ello, asegurar no sólo la integridad en el manejo de evidencia digital, sino la certeza legal de la no violación a los derechos humanos establecidos en la Constitución de nuestro país.
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